Para la colocación de las isletas de hormigón delimitadoras de vado, se ha de solicitar autorización municipal. Estos elementos al ir colocados por lo general, en vía pública, están sujetos a las normativas de cada municipio. En el municipio de Madrid, dicha colocación se regula mediante la Ordenanza Municipal Reguladora de Pasos de Vehículos del 19 de Mayo de 2006.
Incluimos la tramitación de permisos en los diferentes distritos municipales.
En la ordenanza anterior, se regula de forma general la correcta utilización del dominio público en pasos de vehículos. Y para la consecución de autorización municipal para la colocación de isletas, los vados han de estar autorizados e incluidos en la matrícula de la Tasa de Pasos de Vehículos.
En su Titulo III, Capitulo III artículo 15 de la mencionada Ordenanza, se indica a los titulares de los pasos de vehículos, la obligación de instalar y conservar en buen estado la señalización que identifique el paso de vehículos (placa de vado homologada), así como la obligación del pago anual de la tasa de paso de vehículos autorizado. Y en su articulo 14, sus derechos a disponer de acceso libre al paso de vehículos sin que lo impidan vehículos parados o estacionados; debiendo garantizar los servicios municipales dicho acceso libre (siempre que cuenten con la señalización aprobada).
Si se precisa la colocación de isletas delimitadoras de vado, para facilitar el acceso desde la calzada, se ha de solicitar autorización municipal. Indicándose en su articulo 24 la forma de colocación de las mismas.